Conjunto Residencial Parques de Miravila J-31640032-8
1. Todas aquellas normas aprobadas en asambleas ordinarias o extraordinarias, formarán parte integrante del presente reglamento y se incorporarán a su texto en orden numérico.
2. El fondo de reserva no debe ser usado por ninguna Junta de Condominio, sin la aprobación de una asamblea extraordinaria salvo gastos de emergencia comprobables.
3. Lo no previsto en este Reglamento, será decidido por la Asamblea General de Copropietarios.
4. El presente reglamento podrá ser modificado total o parcialmente en cualquier momento, a criterio de los Copropietarios reunidos en Asamblea o mediante la consulta individual, dentro del parámetro legal contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal.