Conjunto Residencial Parques de Miravila J-31640032-8
1. Todo copropietario está obligado a estar solvente con el pago de la cuota de condominio previo al alquiler o venta del apartamento respectivo.
2. Aquellos copropietarios que opten por rentar su(s) apartamento(s), o ceder su uso por cualquier motivo, deberán participarlo por escrito a la Junta de Condominio e informar los siguientes datos:
· Nombre del inquilino o usuario responsable
· Nombres de las personas que lo habitarán
· Número de Apartamento
· Inicio y termino de la ocupación
PARAGRAFO UNICO: Los copropietarios deberán instruir personalmente a los inquilinos o usuarios de sus apartamentos sobre las normas que rigen al conjunto, las cuales son de obligatorio cumplimiento por mandato expreso del Artículo 26 de la Ley de Propiedad Horizontal, vigente. En tal sentido, los copropietarios que arriendan su apartamento, deberán entregar copia del Reglamento al inquilino e incluir en el respectivo contrato una cláusula que obliga al Arrendatario el cumplimiento de este Reglamento y de los demás que se dicten para la convivencia en los edificios.