- En la fecha de la ocupación de su vivienda el copropietario o arrendatario, llenará el formulario de "Registro de Personas" incluyendo la identificación de la misma, de su puesto de estacionamiento, la identificación plena del copropietario y de los integrantes de su grupo familiar y la identificación de su vehículo, marca, modelo y placa.
2. El vigilante no dejará pasar de la vigilancia a ninguna persona que no habite dentro del edificio sin obtener previamente la autorización del habitante del apartamento solicitado por el visitante.
3. El vigilante no dará ninguna información sobre el paradero de los habitantes del edificio a ningún visitante sin tener una autorización por escrito.
4. Si algún habitante del edificio desea informar de su ausencia a alguna persona en particular o a todas sus visitas en general, debe dejar su instrucción por escrito al vigilante.
5. Si algún habitante del edificio no quiere ser molestado por las visitas ni por el timbre del intercomunicador, debe dejar al vigilante una instrucción por escrito, El vigilante le comunicará a todas las visitas (durante el lapso indicado) que la persona solicitada no está (sin tocar el intercomunicador previamente), El propietario chequeará con la vigilancia su control de visitas.
6. En todos los casos de visitas (incluyendo los casos donde el vigilante sabe que la persona solicitada no está pero no tiene autorización escrita para divulgarlo) se seguirán los siguientes pasos, el vigilante preguntará al visitante su nombre y el nombre de la persona solicitada, el vigilante tocará el timbre del intercomunicador Si le contestan del apartamento solicitado, el vigilante anunciará al visitante por su nombre, el vigilante solicitará el permiso para dejar pasar al visitante.
NOTA: Solamente después de obtener el permiso, el vigilante dejará pasar al visitante.
7. En caso de que el habitante del edificio no le autorice dejar pasar al visitante, el vigilante le preguntará si desea que llene la tarjeta de CONTROL DE VISITAS y que debe comunicarle al visitante.